Se acabó el dominical en Colombia.

Hoy es domingo y no es bueno pa' trabajar Hoy es domingo, el día pa' disfrutar Mañana es un día de fiesta, no me lo discuta usted Que yo tengo el almanaque en español y en inglés.Diego Torres y Rubén Blades

El domingo fue durante un siglo el día de descanso legal de los trabajadores colombianos. Y no por tradición o costumbre religiosa, como expresan algunos licenciados en derecho y la ponente de la contrarreforma, la congresista Carrascal. El descanso dominical fue una de las primeras conquistas del proletariado colombiano en la década de 1920. Bandera repudiada por las actuales dirigencias de las centrales sindicales que defienden, con un fervor inusitado, la Ley 2466 de 2025, cuyo artículo 14 eliminó el dominical, como lo denunció oportunamente el asesor sindical Sebastián Galeano. (El satanás en la reforma laboral).

Tras la huelga del Ferrocarril del Pacífico, liderada por Ignacio Torres Giraldo, el Congreso aprobó la Ley 57 de 1926. En ella se estableció, por primera vez en la historia del Colombia, el derecho de los trabajadores del sector público y privado, incluido el servicio doméstico, al descanso obligatorio por cada seis días laborados. Mínimo 24 horas de descanso el domingo, reza en su artículo 1°, remunerado a quienes hagan labores para el Estado (Art. 7) y con carácter de irrenunciable (Art. 8). La Ley 6 de 1945 universalizó la remuneración del dominical (Art. 7).

La Ley 50 de 1990, que inauguró la legislación laboral del periodo aperturista neoliberal, autorizó el sábado como posible día de descanso y con la Ley 789 de 2002, se redujo el recargo por labores en dominical. Revolcón laboral que recibió una intensa oposición por parte de las centrales sindicales (Centrales anuncia paro nacional. El Tiempo (14-09-1990)), con críticas que se mantuvieron hasta años recientes(Rescatar el salario justo y las horas extras (2014)). Algunas organizaciones sindicales, del sector privado, previendo el desmonte del dominical, negociaron la inclusión de cláusulas explícitas sobre el descanso obligatorio en día domingo. Y acertaron en su pronóstico. 99 años después de conquistado el descanso obligatorio dominical, el gobierno de Gustavo Petro lo eliminó en la contrarreforma laboral. Desde el 1 de julio de 2025, dominical es cualquier día de la semana, en línea con las exigencias del capital extranjero.

Como se viene denunciando en esta tribuna, la Ley 2466 de 2025 corresponde al proceso de armonización de la legislación colombiana a los términos de los Tratados de Libre Comercio suscritos con Canadá, Estados Unidos y la Unión Europea, principalmente. Cuyos compromisos laborales fueron sintetizados en las exigencias preingreso a la OCDE. En ninguno de estos países existe el descanso laboral obligatorio en día domingo. En la Unión Europea, tienen prescrito un descanso obligatorio de 24 horas por cada siete días de trabajo, que puede ser el domingo. No es gratis que la cooperación europea financie la publicidad de la Ley 2466 y los eventos sindicales promocionales de la misma.

Los ajustes, técnicos, empezaron con otrosí a los contratos laborales vigentes o simplemente con la notificación a los afectados. Así está sucediendo de manera sistemática en empresas, grandes, del sector el comercio, hoteles, restaurantes, manufactura y agroindustria. También hay cambios desde la arbitrariedad. Es el caso de Nestlé, donde la modificación del día de descanso, en el nuevo reglamento interno de trabajo, viola lo pactado en la Convención Colectiva que expresa textualmente: descanso obligatorio en día domingo. Una medida con un claro sesgo antisindical.

La flexibilización en día de descanso se defiende con ideas que van desde la búsqueda del bienestar del trabajador, hasta quienes lo reivindican como un avance de la secularización. Si esta medida representara un avance en materia de bienestar personal y familiar para los trabajadores, tendría el rechazo unánime de los grandes gremios económicos. Pero pasa todo lo contrario. Figuras como el abogado corporativo Chapman, por ejemplo, indica: “A mí me parece que eso es provechoso para trabajador y empresario, porque en las leyes laborales lo que hay que dar es flexibilidad» (Entrevista a Blu Radio.). Claro, no hay que pedirle peras al olmo.

Para los trabajadores el día domingo es el día de integración familiar, indiscutible. Pero también es el día por excelencia para el ejercicio de la libertad sindical. Es de hecho el día que se fundan sindicatos, en que sesionan las asambleas generales para evaluar y decidir el rumbo, para aprobar los pliegos y elegir la comisión negociadora. También es el día para disfrutar de los programas colectivos de bienestar laboral acordados en las Convenciones. Por eso, eliminar el dominical es una medida antisindical.

No resulta extraño si varios miles de trabajadores terminan con jornadas semanales de miércoles a lunes. Promoción dos por uno. Sin descanso el domingo y sin recargo festivo. Medida que toma mayor relevancia gracias a la flexibilización de la jornada laboral, artículo 11 de la 2466 (La flexi-jornada de 42 horas ). Y recuerde, esta medida no resultó de un acuerdo nacional entre empleadores y empleados, en beneficio del progreso del país. Es una imposición de los poderes extranjeros que saquean al país, ejecutada por un gobierno que se autoproclamó como personero de las causas laborales y con la fervorosa defensa de organizaciones sindicales. Que no se olvide.


  • Nota. Toda la solidaridad con las familias damnificadas por el terremoto. Toda la unidad de acción por la reconstrucción integral, con el concurso de la financiación estatal plena y oportuna.

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César Collazos Rico

Docente y dirigente sindical - Directivo de la CUT regional Valle del Cauca.

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