El espóiler de Chapman

“El abogado Charles Chapman se convirtió en el primer desterrado de la manada de Abelardo, por revelar la movida sobre la contratación y remuneración salarial por horas”.

Quizás por un exceso de triunfalismo, el abogado Charles Chapman termina revelando una movida del gobierno de Abelardo-Restrepo. Se trata de la inminente implementación de la contratación y remuneración salarial por horas. En el acto, Abelardo se deslindó, le retiró la confianza y lo defenestró del equipo de empalme del sector trabajo. La imprudencia convirtió a Chapman en el primer desterrado de la manada. Sin embargo, no por anecdótico, el asunto reviste menos importancia. Todo lo contrario, se trata de un asunto con serias implicaciones para la suerte del país.

Chapman, experimentado abogado corporativo y experto en medidas para acosar a las organizaciones sindicales, expresó en el portal Valora Analitik: Desde agosto se podrá cotizar por horas en Colombia: fue aprobado en reforma laboral y nuevo gobierno podría reglamentarlo. Chapman tiene razón, parcialmente. Y como no. Conoce la letra menuda de la Ley 2466 de 2025. Fue el asesor estrella de la Comisión IV del Senado. A sus integrantes los (des) orientó en la sesión privada del 26 de mayo (2025). Se aprovechó al máximo los asuntos que el gobierno Petro puso en bandeja de plata, entre ellas la flexibilización de la seguridad social. Ahora, lo de parcialmente es porque desde el año pasado el gobierno Petro ya reglamentó el asunto y Abelardo lo sabe

Un poco de historia y contexto. Desde el gobierno Santos I, se abrió la puerta para hacer aportes pensionales y parafiscales desde uno a 29 días laborados por mes e ingresos menores al salario mínimo, aunque el IBC de referencia sería el SMMLV (Art. 172, Ley 1450/2010 – Decreto 2616 de 2013 – Decreto 1072 de 2015). Con esta disposición comenzó la atención de las exigencias de organismos multilaterales respecto de la alta informalidad laboral en Colombia, especialmente de las de la OCDE, entendida como la no cotización a pensión.


Las cotizaciones a tiempo parcial es el anzuelo para pescar aportes pensionales entre los trabajadores del rebusque. El gobierno Petro como fiel ejecutor de las exigencias de la OCDE, aprovechó las disposiciones del Decreto 1072 de 2015 y las extendió a los trabajadores de plataformas de reparto (Art. 27), domésticos (Art. 33) y de microempresas (Art. 34). Por esta vía, al menos, 15 millones de trabajadores asalariados, más otros tantos del segmento del rebusque, van a terminar en el pilar 2 de la contrarreforma pensional aportando para no alcanzar una pensión de calidad.


El artículo 61 de la ley 2466 de 2025 facultó al gobierno para reglamentar los aportes para trabajadores dependientes a tiempo parcial. Tras la promulgación, el Ministerio del Trabajo, emitió la Circular 0093 del 1° de septiembre de 2025 (Mecanismo para pago por semanas), reglamentando los aportes pensionales parciales para periodos laborados menores a 30 días y remuneración menor al salario mínimo, de trabajadores con contrato laboral (dependientes). Se mantienen los mismos términos del Decreto 2616 de 2013, que incluyó en la PILA la planilla E (empleados – cotizante 51; trabajador a tiempo parcial) y S (Servicio doméstico – cotizante 2). Mientras el trabajador labore menos de 30 días y devengue menos del mínimo, estará en el régimen subsidiado de salud. En resumen, el empleador que contrate un trabajador para una labor, que dure 10 días, por ejemplo, y le pague menos del mínimo, ya no tiene que pagar el aporte pensional por el mes completo y tampoco debe aportar a salud. [Ver UGPP] Cotizaciones a tiempo parcial

La flexi-seguridad es un paso hacía el salario y los contratos por horas, tal como exige la OCDE desde el proceso preingreso. Tanto la congelada Ley 2381 de 2024 (contrarreforma pensional) y la 2466 de 2025, siguen esa senda. Las “ventanas jurídicas” le dan ventajas relativas a la patronal en detrimento de los trabajadores. La jornada diaria mínima está en cuatro horas y los contratos por obra siguen vigentes, por ejemplo. Lo demás lo determina la creatividad del departamento de talento humano y la necesidad de millones de desposeídos. Pero esto no es suficiente para los poderes que saquean a Colombia.

Lo que sigue es implementar la contratación y la remuneración por horas. Así que no es de extrañar si en la próxima modificación de la jornada laboral semanal ordinaria, hacia las 40 o 38 horas, como lo anunció Uribe, meten el mico. Chapman lanza el espóiler y provoca una polémica que enturbia una iniciativa en la que fácilmente coincidirán las fuerzas abelardistas, el uribismo y el petrismo, nuevamente. Una coincidencia que favorece a los principales “socios” comerciales, Estados Unidos, Canadá y la Unión Europea, que, con la narrativa de promover el trabajo decente, vienen ajustando la legislación laboral colombiana acorde a sus intereses.

La flexi-seguridad es un acoplamiento institucional en materia de seguridad social a la condición neocolonial del país. La atrasada organización económica no permite el empleo asalariado de calidad para la inmensa mayoría de su fuerza de trabajo. El rebusque es la mala fortuna de millones de compatriotas. Los consuelan con que ahora pueden hacer aportes pensionales por días. Colombia requiere con urgencia una transformación social. Hacia una nación soberana, con democracia y bienestar general. Ese es el reto.

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César Collazos Rico

Docente y dirigente sindical - Directivo de la CUT regional Valle del Cauca.

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