Merecido triunfo de la resistencia Wayuu

Cuando el despojo final parecía inevitable y tanquetas y cientos de efectivos de la Policía rodeaban los accesos al predio habitado por la comunidad Sumaain Wayuu, la Corte Suprema de Justicia ordenó, como medida cautelar, suspender aquel operativo de desalojo hasta que el alto tribunal emitiera una decisión de fondo. Hace pocos días se conoció la decisión final de la CSJ, y llega como un merecido triunfo en favor del pueblo Wayuu.

Contexto histórico de los despojos a los Wayuu

En los años 90, la Asociación de Autoridades Tradicionales Indígenas Wayuu SUULIWO´U LAÜLAYUU, presentó al extinto INCORA una solicitud de constitución de resguardo sobre un predio rural del Distrito de Riohacha. Dicha petición jamás fue resuelta, ocasionando toda clase de perjuicios a las comunidades indígenas que han habitado el predio por décadas, algunas porque sus ancestros se asentaron allí hace siglos, y otras a las que los distintos ciclos de violencia en Colombia, desde la Colonia hasta la actualidad, los desplazaron hasta ese territorio. 

En el año 2015 el predio fue dividido y fruto del desglose aparecieron nuevos propietarios, en un proceso en el que la línea entre la buena y la mala fe resulta bastante difusa. Fue así que un área total de 5 hectáreas, que en la escritura pública se denomina “Lote No. 2”, fue entregada a una mujer que desde el año 2023 ha instaurado diversas acciones judiciales y policivas tendientes a desalojar a las 416 familias indígenas que componen la Comunidad Sumaain Wayuu, y que desde siempre han vivido en ese lugar.  

En marzo de 2018, SUULIWO´U LAÜLAYUU presentó nuevamente la solicitud, esta vez ante la Agencia Nacional de Tierras (ANT), iniciando formalmente el proceso administrativo para dar protección de territorio ancestral al predio de 25.000 hectáreas (antes del desglose), que alberga a Sumaain Wayuu y a otras 22 comunidades. Sin embargo, 7 años después, los avances de la ANT frente a dicho proceso son mínimos, lo que ha propiciado que a través de acciones de tutela interpuestas por los recientes propietarios, cerca de 15 comunidades indígenas asentadas a orillas de la Troncal del Caribe hayan sido despojadas de sus territorios ancestrales, sin que la ANT haya concluido el proceso administrativo de protección. 

La unidad y la resistencia indígena contra el racismo institucional 

Pese a las amenazas de muerte a sus líderes y lideresas, y ante el riesgo inminente de perder su territorio y con él su sustento, sus costumbres y su espiritualidad, Sumaain Wayuu ha liderado un proceso de unificación de todas las comunidades afectadas por estos conflictos territoriales, y una agenda de movilización que ha incluido desde reuniones en sus rancherías con las autoridades distritales y departamentales, marchas gigantescas por toda Riohacha, mesas de trabajo con distintos ministerios y entidades del Gobierno nacional, visitas e intervenciones ante la plenaria del Congreso de la República y una audiencia en la Comisión Cuarta del Senado, convocada en diciembre de 2024 por el senador Richard Fuelantala, elegido por la circunscripción indígena.

Todas estas acciones se encontraron siempre con la actitud hostil de la Alcaldía Distrital y de la Policía Nacional, amparados en los fallos de los juzgados del circuito y del Tribunal Superior de Riohacha, que ordenaron los desalojos sin tener en cuenta el proceso administrativo en curso en la ANT. Entre tanto las investigaciones en la Fiscalía por amenazas y atentados contra la seguridad de líderes y lideresas Wayuu no presentan avance alguno, y la UNP sigue sin otorgar las medidas de protección que requieren. 

 

El fallo de la victoria 

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió hace pocos días la impugnación al fallo de tutela proferido por el Tribunal Superior de Riohacha, presentada por la Autoridad Ancestral de la Comunidad Sumaain Wayuu y el defensor regional del Pueblo de La Guajira. En primer lugar, la Corte decidió revocar dicho fallo y amparar el derecho fundamental al debido proceso de la comunidad, tras considerar que la ANT sí lo había vulnerado por no emitir pronunciamiento de fondo a la solicitud de reconocimiento de territorio ancestral, tras 7 años de haber aperturado el trámite. Para la Corte, se ha superado el tiempo previsto por la propia ANT para resolver dicha solicitud, y “…la tardanza para resolver el asunto carece de justificación admisible”.

En segundo lugar, frente a la petición de la comunidad para que cesaran los desalojos, la Corte Suprema mantuvo en firme el fallo tutelar del Juzgado Tercero Penal del Circuito de Conocimiento de Riohacha, que ordenó ejecutar el desalojo, pero dispuso la suspensión de la medida correctiva hasta que se emita pronunciamiento de fondo por parte de la ANT. La Corte, atendiendo el principio constitucional de que el interés particular debe ceder ante el interés público o social, ponderó que por tratarse de 735 mujeres, 84 adultos mayores y 198 niños, todos ellos sujetos de especial protección constitucional, el derecho a la propiedad privada que ostenta la dueña del predio “debe ceder frente a las garantías constitucionales que ostentan la comunidad Sumaain Wayuu, mientras culmina la actuación que cursa en la A.N.T.”, toda vez que el desalojo de dicha comunidad podría sugerir la vulneración de sus derechos y garantías fundamentales como la salud y el derecho a la vida digna. 

Resulta insólito que el argumento con el cual autoridades administrativas y judiciales sostenían que a Sumaain Wayuu no se le ha vulnerado derecho alguno en este proceso, era que dicha comunidad ha entorpecido las actividades de caracterización poblacional que debían surtir tanto la ANT como las entidades territoriales. ¿Cómo puede ser culpa de los desposeídos de Colombia la negligencia y el racismo de las instituciones del estado? Por fortuna, la CSJ también descartó ese mezquino argumento ante la falta de evidencia que lo sustentara. 

Este triunfo, aunque parcial, representa un avance gigante en el largo proceso que Sumaain Wayuu y otras 46 comunidades no resguardas llevan a cabo desde la soledad del desierto guajiro, por la defensa de sus derechos, su territorio y de su existencia misma. 

La Corte Suprema otorgó a la ANT un plazo máximo de un año para resolver de fondo este asunto. El presidente Petro y el director de la ANT, Felipe Harman, no pueden seguir mudos y negligentes ante el mandato del pueblo Wayuu, que ahora también es una orden judicial. 

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Teddy Peluffo

Corresponsal del Periódico SOBERANÍA. Columnista de opinión.

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